El ajedrez local también se ve afectado por los tiempos de crisis, por la falta de recursos y patrocinadores que se echen para adelante, como así está ocurriendo en los diferentes deportes en nuestra localidad que están abandonando las competiciones por los problemas económico que conlleva afrontar el coste que supone; el equipo del Club Ajedrez Motril, doble Campeón de Andalucía y Campeón de España, no pudo defender este verano su condición como tal en Sabadell, por la falta de apoyos y el gran coste que representaba su asistencia. Ahora a falta de una semana del comienzo de la Liga Andaluza División de Honor, el CAM se ha visto obligado a abandonar la competición por tener que afrontar los excesivos gastos en los desplazamientos, arbitrajes y no contar con los jugadores que garanticen el término de la liga en las dos competiciones donde militaban sus dos equipos (Andaluza y Provincial); de aquí vendrá una sanción que por lo visto no podrá ni participar en la Liga Provincial que empieza a mediados de octubre por sanción directa a sus cinco primeros tableros; algo inconcebible, se debe revisar la normativa por lo injusta y los dirigentes federativos deberían tomar nota de ello.
1 comentario:
Manuel: el CA Motril sigue siendo un club y sigue teniendo ajedrecistas. Nada debería impedirle participar, si eso quieren sus jugadores.
Tan cierto como que existe una sanción a sus "cinco mejores elo" es que se trata de una sanción indeterminada por los sujetos (¿nombres?); ha sido decidida por un órgano desconocido, bajo un expediente inexistente, sin dar audiencia previa a los interesados. Me deja atónito y pretendo publicar pronto algo sobre este asunto. Pero antes que el CAM sufra alguna consecuencia irreversible me he animado a dejar aquí este comentario. El CAM hará lo que quiera pero no debería mostrarse silencioso, ni pasivo.
Porque lo peor de todo es que, contra lo que tú dices, no es cierto que se deba revisar "esta" normativa para el año que viene, y zarandajas que he escuchado. ¿Sabes por qué? Es muy sencillo: porque no existe tal norma. Más bien existe toda una larga caravana de normas para lo contrario.
No hay ninguna norma que ampare la prohibición de jugar a los "cinco mejores elo" del Club. Y si existe, ¡que alguien la señale! Lo que existe es una circular ejecutiva que incorpora un formulario para la firma del compromiso de participación y un recordatorio DE NATURALEZA INFORMATIVA de lo que puede conllevar incumplir el compromiso. Ese recordatorio sólo puede consistir en referencias a normas existentes en otros textos. El Presidente de la FADA no puede establecer por sí nuevas infracciones y sanciones, ya que violaría la Ley, los Estatutos y el art. 1º.d del Reglamento Disciplinario de la FADA. Como tampoco puede arrogarse competencias disciplinarias (art. 6 del Reglamento Disciplinario).
Lo que han firmado los delegados es el compromiso de participación. Punto. Y nada más. Y si alguno cree que han firmado una aceptación de normas debo aclarar que importa un comino. Las reglas disciplinarias no las establecen ni el Presidente por sí solo, ni los delegados.
¿Qué ha ocurrido? Muy sencillo: el típico morcilleo hispano. Alguien ha pensado que aquí era aplicable hacer una analogía a lo previsto para los cinco titulares de un equipo, que no pueden jugar en otro equipo. En muchos sentidos es una analogía muy atrevida. Por muchos motivos pero diré sólo tres:
(a) porque la Ley y el art. 12.d del Reglamento Disciplinario prohíben expresamente la analogía en materia disciplinaria;
(b) porque una cosa son los titulares de un equipo y otra distinta "los cinco mejores elo de un club". Parece lo mismo a alguien poco cuidadoso. La incompatibilidad de los titulares no les priva de jugar sino que sólo va destinada a proteger la pureza de la competición; y
(c) porque el club ya ha sido sancionado y no cabe la doble sanción (non bis in idem).
Hay mucho más pero basta con lo dicho. Invito al CAM a presentar sus equipos, sin descartar a nadie.
Y, por supuesto, a exigir que les señalen quien les sancionó, cómo y en base a que concreta regla aprobada por qué órgano.
Publicar un comentario