miércoles, octubre 12, 2011

No hay ninguna norma que ampare la prohibición de jugar a los "cinco mejores elo" del Club. Y si existe, ¡que alguien la señale!

´

          No hay ninguna norma que ampare la prohibición de jugar a los "cinco mejores elo" del Club. Y si existe, ¡que alguien la señale! Lo que existe es una circular ejecutiva que incorpora un formulario para la firma del compromiso de participación y un recordatorio DE NATURALEZA INFORMATIVA de lo que puede conllevar incumplir el compromiso. Ese recordatorio sólo puede consistir en referencias a normas existentes en otros textos. El Presidente de la FADA no puede establecer por sí nuevas infracciones y sanciones, ya que violaría la Ley, los Estatutos y el art. 1º.d del Reglamento Disciplinario de la FADA. Como tampoco puede arrogarse competencias disciplinarias (art. 6 del Reglamento Disciplinario)...


1 comentario:

Anónimo dijo...

Guillermo Barranco, eres un auténtico CRACK. El ajedrez te necesita.